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CASA VERDE

“El 54% de la deforestación, en San Ignacio, corresponde a desmontes sin autorización”

Saúl Yasmani Morón

Director de la Dirección General Manejo de Bosques y Tierras (DGMBT) de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT)

El director de Bosques y Tierras dijo que la ABT no otorga derecho propietario a ningún asentamiento o posesión de tierra.

6 de julio de 2021

El director de Manejo de Bosques y Tierras de la ABT, Saúl Yasmani Morón, respondió a un cuestionario por escrito que le hizo llegar Revista Nómadas. Entre varios temas, dijo que la superficie total deforestada en el municipio de San Ignacio de Velasco en la gestión 2020 fue de 39.871 hectáreas, más de la mitad de ellas, sin autorización.

Nómadas

– La deforestación no estuvo ni está en cuarentena. ¿Cómo y cuánto ha perpetrado la deforestación en la Chiquitania el 2020 y lo que va el 2021?

Las tres principales causas de la deforestación en Bolivia son la agricultura mecanizada, la ganadería y la agricultura a pequeña escala. La conversión de bosques a pastos para la ganadería ha causado más del 50% de la deforestación entre los últimos años. La agricultura mecanizada, asociada principalmente a la producción de soya, ha sido responsable de un 30% de la deforestación, mientras que la contribución de la agricultura a pequeña escala corresponde al 20%.

Según la información de nuestra base de datos, en la gestión 2020 la deforestación registrada en el territorio de la Chiquitanía es de aproximadamente unas 117.314,6 hectáreas las cuales han sido afectadas.

– ¿En qué municipio se ha deforestado y se está deforestando más?

Dentro de los municipios del departamento de Santa Cruz, con mayor afectación en áreas deforestadas tenemos a: San Ignacio de Velasco, Charagua, Pailón, San José de Chiquitos, Concepción y El Carmen Rivero Torres.

En la gestión 2020, la deforestación registrada en la Chiquitanía fue de aproximadamente unas 117.314,6 hectáreas.

– ¿Quiénes son los que deforestan más? ¿En qué orden?

La ABT no cuenta con un análisis disponible en el que se pueda identificar quiénes deforestan con mayor grado de intensidad dentro del departamento.

Sin embargo, de acuerdo a la base de datos de la ABT, se puede indicar que los desmontes autorizados para la gestión 2020, fueron en una superficie de 170.690 hectáreas en Planes de desmonte aprobados; de las cuales 125.165 hectáreas (73,3%) corresponden a propiedades privadas; 38.289 hectáreas (22,4%) a comunidades campesinas y 7.236 hectáreas (4,2%) a comunidades indígenas.

– ¿La deforestación es legal o ilegal?

Es importante distinguir entre deforestación legal e ilegal.

En Bolivia, La deforestación es legal cuando cuenta con la autorización de la autoridad competente ABT. Respetando leyes, normas y reglamentos. Respetando las categorías del Plan de Uso del Suelo (Plus) y sus servidumbres ecológicas.
Deforestaciones ilegales son aquellas actividades de desmontes realizadas fuera de norma, sin autorización ni conocimiento por la ABT.

– ¿A quiénes autorizó la ABT y a quiénes no?

Las autorizaciones son emitidas a todos aquellos Usuarios Forestales y Agrario que cumplen con todos los requisitos establecidos en las normas vigentes de la ABT.

– Los deforestadores ilegales, ¿cómo consiguen burlar a las autoridades y las leyes?

La ABT viene realizando tareas de control, fiscalización y monitores satelital donde se identifican diferentes tipos de contravención forestal y agraria, las mismas son sancionadas conforme a normas establecidas vigentes. Todo aquel que incurra en estos actos de irregularidades, todos ellos terminan con proceso y sanciones.

– ¿Por qué y cómo ocurre la incursión de avasalladores en Bajo Paraguá y otras zonas de la Chiquitania?

Eso es competencia del INRA. La ABT autoriza derechos forestales y agrarios siempre y cuando cumplan con todos los requisitos técnico legal ya establecidos por normas, las misma no acreditan derecho propietario.

– ¿La ABT autorizó esos asentamientos?

De ninguna manera la ABT podría autorizar algún tipo de asentamiento, ya que dentro de sus funciones y competencias establecidas en el Decreto Supremo 071 de 09 de abril de 2009, no es la entidad responsable de emitir la Autorización de Asentamientos Humanos dentro de Tierras Fiscales, ésta función es competencia única y exclusiva del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA).

El INRA, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 3545 de 28 de noviembre de 2006 que modifica a la ley N° 1715 de 18 de octubre de 1996, en su Art. 18 inc. 8, dentro de sus atribuciones establece lo siguiente: “Determinar y aprobar las áreas y superficies a distribuir por dotación o adjudicación de tierras, de acuerdo a la capacidad de uso mayor de la tierra y a las necesidades socio-económicas del país, previo dictamen de las comisiones agrarias departamentales; así como lo establecido en el Título IV de Régimen y Procedimientos de Distribución de tierras fiscales según lo indicado en el Art. 91 y siguientes del Decreto Supremo Reglamentario N° 29215.

– ¿Son sancionados?

Si, con procesos y sanciones; la ABT inicia procesos administrativos sancionadores ante las contravenciones forestales cometidas como ser: transporte ilegal, almacenamiento ilegal, desmonte ilegal, aprovechamiento ilegal y comercialización Ilegal. Los asentamientos ilegales deben ser denunciados ante la entidad competente, en este caso el INRA, y estos asumir los recursos que la ley otorga en caso de identificarse asentamientos ilegales en tierras fiscales.

– Cómo operan los colonos que avasallan. ¿Cuál es su modus operandi?

Con respecto al avasallamiento es competencia del INRA y del Ministerio Público, nosotros, como ABT, dentro de nuestras atribuciones, es la fiscalización y control el aprovechamiento y uso de los recursos forestales y agrarios, enmarcado a las ley y normativas vigentes.

– ¿Cómo operan la gran industria que deforesta ilegalmente, cuál es su modus operandi?

La ABT, dentro de sus tareas planificadas, es realizar monitoreos satelitales diariamente para identificar desmontes sin autorización y otras contravenciones forestal y agraria, que conlleva al inicio de un proceso administrativo sancionador o penal, según corresponda, adicionalmente la ABT cuenta con siete Direcciones Departamentales y 25 Unidades Operativas de Bosques y Tierras, que realizan las actividades de Otorgación de Derechos, Fiscalización y Control en todo el territorio Boliviano.

– ¿Tienen información de presencia de brasileños que operan con ‘palos blancos’ en la expansión agrícola en la Chiquitania?

No tenemos conocimiento de ello, sin embargo, se tiene autorizaciones de manejo forestal y de autorizaciones de desmonte, pero todas autorizadas a ciudadanos bolivianos.

La ABT efectuó una revisión de los registros de focos de calor ocurridos desde enero hasta diciembre de la gestión 2020, así mismo el comportamiento histórico en todo el Territorio Nacional. En base al análisis histórico se identifica un descenso en cuanto a cantidad de focos de calor en los departamentos de Santa Cruz, Beni, La Paz y Chuquisaca.

– ¿Cómo operan los traficantes de tierras? ¿Quiénes conforman esa red?

No tenemos identificadas personas que conformen redes de tráfico de tierra, ya que la ABT no es la institución encargada de la distribución, dotación ni otorgación de tierras.

– El 2020 se desmontaron más de miles de hectáreas solo en San Ignacio. ¿Por qué tanto desmonte en San Ignacio?

La superficie deforestada en el municipio de San Ignacio de Velasco para la gestión 2020 es de 39.871 hectáreas. ABT como entidad nacional y oficial; cuenta con la Unidad de Monitoreo e Información Geoespacial (UMIG), que es la Unidad encargada de monitorear la deforestación e identificación de desmontes ilegales del país.

– ¿Quiénes están desmontando en ese municipio?

La deforestación en San Ignacio de Velasco generalmente es para realizar el posterior cambio de uso de suelo. El panorama de la deforestación en el municipio de San Ignacio de Velasco tiene varias causales, entre las más frecuentes esta la expansión de la frontera agrícola y ganadera a pequeña escala por las nuevas colonizaciones o comunidades, que realizan los desmontes para desarrollar agricultura de subsistencia y en la mayoría de los casos con fines comerciales.

Los desmontes autorizados para la gestión 2020 señala que los propietarios privados cuentan con la mayor superficie para este objetivo con un 84%, en el municipio de referencia.

– ¿Son legales o ilegales esos desmontes?

La superficie total deforestada en el municipio de San Ignacio de Velasco para la gestión 2020 es de 39.871 hectáreas. El 54% de la deforestación corresponde a desmontes sin autorización.

– Ha surgido la preocupación de que, en San Ignacio, desde diciembre del 2020 hasta lo que va del año, ocho predios han deforestado grandes extensiones (4.408 hectáreas). Estos predios, fueron identificados por la FCBC con los siguientes nombres: Copacabana, Comanche, La Estrella, Reina Selva, San Josema, El Encanto, Trinidad y San Josema de Síñima. ¿Recibieron permiso de la ABT para desmontar? ¿Son desmontes legales o ilegales?

Según la base de datos de derechos de aprovechamiento y uso otorgados por la ABT, se tiene registrado que se autorizaron Planes de Desmontes Mayores a cinco hectáreas a los predios: Copacabana, Comanche, La Estrella, Reina Selva, San Josema, El Encanto y Trinidad; no se tiene registrado para el predio San Josema de Siñima.

La FCBC también ha evidenciado que, en muchos terrenos deforestados, no han respetado la servidumbre ecológica, ni el Plus y desmontaron grandes extensiones en tiempo corto. ¿Qué información tiene la ABT sobre ello?

Si bien los permisos de desmonte se aprueban acorde a una planificación (POP), para identificar el cumplimiento a los usos propuestos se presentan en los instrumentos de seguimientos (IPDM) donde se determinará si hubo o no afectación a servidumbres ecológicas y/o incumplimiento al Plan de Ordenamiento Predial y PLUS.

– ¿Qué normativas y leyes se están violando en la deforestación en la Chiquitania?

Los desmontes que no cuentan con una Autorización emitida por la ABT son desmontes ilegales y están vulnerando la normativa forestal:

  • Ley 1700 Ley Forestal, Decreto Supremo Nº 24453.
  • Ley 337 de apoyo a la producción de alimento y restitución de bosques.
  • Ley 741, Ley de autorización de desmonte de hasta 20 hectáreas.
  • Si se encuentra sobre TPFP el Decreto Supremo Nº 26075.
  • Plan de Uso de Suelo aprobado mediante decreto supremo 24124, homologado mediante Ley 2553.
  • Resolución Ministerial 131/97 Reglamento Especial de Desmontes y Quemas Controladas.
  • Manual de Desmonte aprobado mediante Resolución Administrativa ABT Nº 185/2017.

– Son muchas las denuncias de avasallamientos en las Áreas Protegidas de la Chiquitania, como la de Bajo Paraguá. ¿Por qué ocurre eso? ¿Qué está haciendo la ABT para evitarlo, luchar y sancionar a los avasalladores?

Cabe recalcar que la ABT no se podría atribuir funciones que no le corresponde, por lo tanto, se deberá acudir a la entidad y autoridad competente para poder definir una decisión adecuada e idónea que pueda solucionar la problemática de los avasallamientos ilegales, en este caso el INR.A en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.

Es por ello que se sugiere dejar sin efecto la Resolución Administrativa ABT que resuelve paralizar temporalmente la autorización y ejecución de quemas en los departamentos de Santa Cruz y Beni.

– ¿Qué está haciendo y qué hará la ABT para defender la Chiquitania?

En relación a los desmontes, la institución hace todo el tiempo monitoreo a través de imágenes satelitales, donde hasta la fecha se realizaron sobrevuelos en las áreas afectadas para poder hacer las validaciones de los desmontes identificados mediante las imágenes satelitales.

La ABT, como institución, esta constituida con oficinas en seis municipios de la Chiquitania, Concepción, San Ignacio de Velasco, San Matías, San José de Chiquitos, Roboré y Puerto Suárez con oficinas y funcionarios que se encargan de realizar operativos de fiscalización y control contra la deforestación y el aprovechamiento ilegal de los recursos del bosque, esto en función de un plan estratégico de fiscalización y control con el que cuenta la institución. Diariamente se realiza la atención a denuncias y los operativos de control móviles en ruta. No es únicamente la Chiquitania, también como autoridad velamos por la conservación de otro tipo de ecosistemas en las diferentes regiones del Estado Plurinacional de Bolivia.

Se crearon programas de restitución de bosques a través de la Ley 337. Incorporación de nuevos mecanismos de sanción para los desmontes ilegales. Otorgación de permisos de uso y aprovechamiento de los recursos forestales de acuerdo a la capacidad de uso del suelo.

– Hay un informe que anticipa un plan de incursión de colonos a San Rafael, que contempla 136 comunidades, 3.430 familias y una ocupación de 205.247 hectáreas. ¿Puede confirmarme esta información?

La ABT no otorga derecho propietario a ningún asentamiento o posesión de Tierra, no están dentro de sus atribuciones, son competencia del INRA.

– ¿Por qué la Autoridad Boliviana de Tierras (ABT) dejó sin efecto las resoluciones administrativas 149 y 275 del año 2020 que disponían las medidas de paralización temporal de aprobación, autorización y ejecución de desmontes y quemas de pastizales que tenían el visto bueno de esa institución hasta el 30 de junio de este 2021?

La ABT efectuó una revisión de los registros de focos de calor ocurridos desde enero hasta diciembre de la gestión 2020, así mismo el comportamiento histórico en todo el Territorio Nacional, en base al análisis histórico se identifica un descenso en cuanto a cantidad de focos de calor en los departamentos de Santa Cruz, Beni, La Paz y Chuquisaca. Es por ello que se sugiere dejar sin efecto la Resolución Administrativa ABT N° 149/2020 del 03 de agosto de 2020, que resuelve paralizar temporalmente la autorización y ejecución de quemas en los departamentos de Santa Cruz y Beni, y también dejar sin efecto la Resolución Administrativa ABT N° 275/2020 de fecha 05 de octubre de 2020, que resuelve ampliar la paralización temporal sobre autorización, aprobación y ejecución de quemas autorizadas por la ABT, en todas las regiones, municipios, provincias y departamentos del territorio nacional, todo ello con la finalidad de autorizar la quema controlada resultante de desmontes y pastizales que cuenten con una Autorización o Derecho Otorgado emitido por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra – ABT.

Afirmó que la deforestación en San Ignacio de Velasco generalmente es para realizar el posterior cambio de uso de suelo.

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Solo el año pasado se desmontó en San Ignacio de Velasco (Santa Cruz, Bolivia) un equivalente a cuatro veces el tamaño de París. Desde 1986 hasta el 2020, las manos del hombre y sus maquinarias, han deforestado 555.234 hectáreas, 55 veces más que el tamaño de la capital francesa.

Juan Carlos Catari, master en Biodiversidad, nos mete en la piel de los animales que sufren —invisibles y silenciosos— los efectos de la deforestación: “Cuando la oruga baja su pala y la introduce en el suelo, en ese accionar comienza a descuartizar toda la fauna subterránea de reptiles y anfibios, se suele ver culebras cortadas a la mitad, cutuchis aplastados, lagartijas sin colas o cabezas y algunos roedores destrozados”.

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